El dia de ayer la tienda Soriana de mi localidad (Tienda 252, Polanco), ubicada en Av. Ejercito Nacional #769, ofreció una "promoción" en la venta de elote a $0.95 la pieza.
Yo, para aprovechar la oferta decidí entonces comprarle a Soriana 50 piezas, de manera tal que estuve escogiendo elotes por alrededor de hora y media; para que al llegar a cajas me informaran que -"No me podian vender esa cantidad, solo 12 piezas"-, a lo que enojado replique que iría con otros clientes para que me hicieran el favor de pasar mis elotes con sus mercancias, ya que EN NIGUNO DE SUS ANUNCIOS, SORIANA ESPECIFICA QUE EXISTA UN MAXIMO DE 12 PIEZAS POR CLIENTE; ASIMISMO TAMPOCO APARECE LA MECÁNICA GENERAL DE LA PROMOCIÓN, ES DECIR LA VIGENCIA DE LA MISMA, NI LAS RESTRICCIONES APLICABLES (si es que existieren).
Un empleado de Soriana que se identifico como "Jorge", me dijo que eso no se iba a poder, porque la mercancia en cuestion sería finalmente mia y no se podia vender más de 12 piezas por cliente; de cualquier manera "Jorge", adelantandose al escandalo que estaba dispuesto a armar, se ofreció a venderme la cantidad de 30 piezas; ofrecimiento que acepte.
Mas adelante, ya en casa me di cuenta de que aquello había sido una flagrante violación a la LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR, que al respecto dice:
ARTÍCULO 7.- Todo proveedor está obligado a informar y respetar los precios, tarifas, garantías, cantidades, calidades, medidas, intereses, cargos, términos, plazos, fechas, modalidades, reservaciones y demás condiciones conforme a las cuales se hubiera ofrecido, obligado o convenido con el consumidor la entrega del bien o prestación del servicio, y bajo ninguna circunstancia serán negados estos bienes o servicios a persona alguna.
ARTÍCULO 32.- La información o publicidad relativa a bienes, productos o servicios que se difundan por cualquier medio o forma, deberán ser veraces, comprobables y exentos de textos, diálogos, sonidos, imágenes, marcas, denominaciones de origen y otras descripciones que induzcan o puedan inducir a error o confusión por engañosas o abusivas.
Para los efectos de esta ley, se entiende por información o publicidad engañosa o abusiva aquella que refiere características o información relacionadas con algún bien, producto o servicio que pudiendo o no ser verdaderas, inducen a error o confusión por la forma inexacta, falsa, exagerada, parcial, artificiosa o tendenciosa en que se presenta.
ARTÍCULO 42.- El proveedor está obligado a entregar el bien o suministrar el servicio de acuerdo con los términos y condiciones ofrecidos o implícitos en la publicidad o información desplegados, salvo convenio en contrario o consentimiento escrito del consumidor.
ARTÍCULO 48.- En las promociones y ofertas se observarán las siguientes reglas:
I. En los anuncios respectivos deberán indicarse las condiciones, así como el plazo de duración o el volumen de los bienes o servicios ofrecidos; dicho volumen deberá acreditarse a solicitud de la autoridad. Si no se fija plazo ni volumen, se presume que son indefinidos hasta que se haga del conocimiento público la revocación de la promoción o de la oferta, de modo suficiente y por los mismos medios de difusión, y
I. En los anuncios respectivos deberán indicarse las condiciones, así como el plazo de duración o el volumen de los bienes o servicios ofrecidos; dicho volumen deberá acreditarse a solicitud de la autoridad. Si no se fija plazo ni volumen, se presume que son indefinidos hasta que se haga del conocimiento público la revocación de la promoción o de la oferta, de modo suficiente y por los mismos medios de difusión, y
II. Todo consumidor que reúna los requisitos respectivos tendrá derecho a la adquisición, durante el plazo previamente determinado o en tanto exista disponibilidad, de los bienes o servicios de que se trate.
ARTÍCULO 50.- Si el autor de la promoción u oferta no cumple su ofrecimiento, el consumidor podrá optar por exigir el cumplimiento, aceptar otro bien o servicio equivalente o la rescisión del contrato y, en todo caso, tendrá derecho al pago de la diferencia económica entre el precio al que se ofrezca el bien o servicio objeto de la promoción u oferta y su precio normal, sin perjuicio de la bonificación o compensación a que se refiere el artículo 92 TER de esta ley.
Aparte de la ley aplicable, en este caso la LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR, en 1985, la Asamblea General de Naciones Unidas aprobó las Directrices de la ONU para la Protección al Consumidor, ocasión en la que se logró el reconocimiento de los conocidos Siete derechos del consumidor, de los cuales los aplicables son:
1. Derecho a la información.
La publicidad, las etiquetas,los precios, los instructivos, las garantías y, en general, toda la información de los bienes y servicios que nos ofrezcan, debe ser oportuna, completa, clara y veraz, de manera que podamos elegir sabiendo qué compramos.
3. Derecho a no ser discriminado.Al comprar un producto o contratar un servicio, no pueden negarlo, discriminarnos o tratarnos mal por nuestro sexo, raza, religión, condición económica, nacionalidad, orientación sexual, por tener alguna discapacidad o cualquier motivo similar.
7. Derecho a la compensación.Si los proveedores no cumplen lo que prometen, tenemos derecho a que nos compensen, ya sea devolviendo el dinero, reduciendo el precio del producto o reparándolo sin costo.
Esta columna la publico con el único fin de que todos conozcamos nuestros derechos como consumidores, y no se dejen sorprender por "Promociones, Descuentos, 3x2, Tarjetas de puntos, etc.", que algunos comercios como Soriana ofrecen con el animo de CONFUNDIR A SUS CLIENTES, con PUBLICIDAD FRAUDULENTA que no respeta en ningún caso las leyes aplicables.
Para evitar abusos contacten a PROFECO (55 68 87 22). (disponible solo en México.)
1 comment:
Hola, yo trabajo en una tienda Soriana del norte y en cuanto a lo que tu comentas tienes toda la razon.
El cliente constantemente se confunde y se queja de los precios que al pagarlos se los cobran mas caros. La causa principal de esta situacion es que la tienda tiene la politica o costumbre de hacer cambios exagerados de precios a los producos cada dos o tres dias, o sea que un producto puede subir y bajar hasta dos o tres veces de precio a la semana.
Esto sucede con los productos màs comunes, es un problema cuando un dia el cliente mira un producto barato y al otro dia tambien se lo quiere llevar resulta que esta mas caro y ni siquiera se da cuenta porque muchas veces lo empleados no cambian a tiempo las etiquetas de precios por lo que el cliente sigue viendo el mismo precio anterior, en unos casos al empleado se le olvida pegar las etiquetas de precios nuevas y las pierden o las tiran, y en otros casos cuando termina de pegarlas ya volvieron a cambiar, significando èsto màs trabajo.
A mi como empleado de Soriana me a pasado, no lo niego que a veces se no existe la oportunidad de pegar todos los cambios de precios por lo exagerado que suelen ser.
Es lògico que los clientes reclamen por los precios, pero son muchos mas los que no lo hacen y hasta a mi me a pasado varias veces como cliente que pago algo barato que resultaba ser mas caro. Y ni como reclamar asì me lo tengo que tragar.
Yo exorto a todos los empleados de Soriana que cumplan con su trabajo y les exijo a los directores de la empresa que sean menos exagerados en cuanto a los cambios de precios que tienen, muchos de ellos innecesarios y perjudiciales para el consumidor.
Post a Comment